La Federación Extremeña de Caza pone en conocimiento de todas sus sociedades federadas, que el Diario Oficial de Extremadura recoge la publicación de la convocatoria de ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de mantenimiento, conservación y mejora de los recursos cinegéticos para la anualidad 2014.
La convocatoria establece dos líneas de ayudas diferenciadas, una para Sociedades Locales de Cazadores y otra para titulares de cotos privados de caza, dotadas cada una de ellas con un presupuesto específico (250.000 € para sociedades locales y 375.000 euros para titulares de cotos privados)
En esta convocatoria, la única actuación subvencionable es la contratación de personal para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza.
En el caso de cotos sociales, las condiciones y cuantías de las ayudas son:
1º. El número máximo de meses subvencionables de contrato será de 6 por beneficiario.
2º. El gasto máximo subvencionable por mes y contrato, incluyendo la cuota empresarial a la seguridad social, será de 1.203,63 euros.
3º. Se subvencionará al 85% del gasto total realizado de conformidad con los máximos subvencionables.
El porcentaje subvencionable se incrementará un 5% adicional si se trata de una actuación que se lleve a cabo en cotos cuya superficie esté total o parcialmente incluida en terrenos de Red Natura 2000.
El porcentaje subvencionable se incrementará un 10% si el solicitante es una Sociedad Local de Cazadores que esté federada.
Las condiciones del contrato son:
a) El contrato deberá ser a jornada completa y celebrarse con una duración mínima de 1 mes.
b) Se permite la contratación de personas distintas, así como la contratación simultánea de varias personas, siempre que la suma de la duración de sus contratos no exceda del máximo establecido por beneficiario.
c) El contrato ha de suscribirse con fecha posterior a la resolución de concesión de la ayuda y registrarse en la oficina de empleo correspondiente.
d) Debe recoger expresamente las funciones que debe realizar la persona contratada, así como el coto o cotos en los que las realizará, especificando la matrícula.
e) Debe ajustarse a la legislación vigente en materia laboral u otra legislación que le sea aplicable.
SOLICITUDES: deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOE. Las solicitudes deberán formularse en el modelo normalizado adjunto (Anexo I), que deberá ir acompañado del cuestionario descriptivo de las actuaciones que también se adjunta (Anexo II)
Como ya conoce las sociedades federadas por anteriores ediciones, la mejor opción es que las sociedades que estéis interesadas contactéis con la Federación para que os asesoremos y nos enviéis los anexos I y II cumplimentados para que nosotros los revisemos y nos encarguemos de tramitar la subvención de principio a fin. Para ello, deberíamos haberlos recibido con tiempo suficiente para poder presentarlos. Tened en cuenta que si no presentan a tiempo, no será admitida la solicitud. No dudéis en llamarnos para cualquier aclaración.
A continuación puede descargar toda la información y documentación necesaria:
-Instrucciones convocatoria de ayudas a cotos
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