La Federación Extremeña de Caza ha solicitado a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio que aplique la bonificación en el impuesto de aprovechamientos cinegéticos correspondiente a la superficie incluida en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura.
La Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, modificada por la Ley 12/2014, establece en su Disposición final primera «Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios, aprobado por Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de diciembre», una bonificación en el impuesto de aprovechamientos cinegéticos del 10 por ciento, para aquellos cotos situados en terrenos incluidos en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura y que cuenten con instrumentos para su ordenación, uso, gestión o, en su caso, medidas reglamentarias de conservación. El beneficio tributario se aplicará sobre la parte de la superficie del coto que se encuentre incluida en el Área Protegida.
Desde FEDEXCAZA tenemos constancia de que la Dirección General de Medio Ambiente, que debe ser la encargada de comunicar los datos de cotos afectados a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, no dispone de un procedimiento establecido a tal efecto. Esto ha supuesto que dichos datos no hayan sido actualizados cada temporada.
Por ello, se ha solicitado al Director General de Medio Ambiente que se implementen, de manera urgente, los procedimientos oportunos, para que dicha información se coordine entre ambas Consejerías.
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