La legislación Cinegética en Extremadura es clara en cuanto a la modalidad de caza del conejo con podenco a diente, ya que en su primer reglamento ya la define de la siguiente manera en el artículo 85.8 y 85.9:
DECRETO 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza.
8. En la caza con perros de persecución a diente, distintos a los galgos, toda la acción es realizada por los perros, limitándose la función de los cazadores, que en ningún caso podrán portar armas de fuego, a la de meros observadores. Esta modalidad únicamente se realizará sobre conejos. Para practicar esta modalidad los cazadores deberán estar en posesión de una licencia en vigor de la clase “C”.
9. Para la práctica de la caza de conejo a diente con podenco, el número máximo de perros a utilizar por cuadrilla de cazadores, independiente del número de sus componentes, se establece en ocho.
La modificación de la Ley de caza nos dice lo siguiente:
LEY 12/2014, de 19 de diciembre, de modificación de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El apartado 2 del artículo 24 queda redactado del siguiente modo:
“2. En estas zonas el ejercicio de la caza es libre para las modalidades de caza con galgos y otros perros de persecución, cetrería, caza menor con arco y perdiz con reclamo, esta última para mayores de 65 años o personas con discapacidad física de un grado igual o superior al 33 %”.
Con todo esto queda claro que desde la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Caza en enero del presente año, se autoriza la caza del conejo con podenco a diente en las Zonas de Caza Limitada (ZCL).
Las limitaciones también son claras, 8 perros como máximo independientemente del número de cazadores, y el conductor de los mismos tendrá que estar en posesión de la licencia de caza Bg.
Ante la demanda de información, la Federación Extremeña de Caza quiere aclarar que no son ZCL las zonas de seguridad incluidas dentro de un terreno cinegético, ni caminos públicos, ni arroyos o cursos de agua que trascurran por el interior de un coto o limiten con él. Todas estas zonas no tendrán la consideración de ZCL.
Me gustaría saber si se podría cazar con la licencia correspondiente en terrenos liebres con Setter a diente
No, sólo con podencos, por estar catalogada la modalidad de conejo a diente con podencos como una modalidad de perros de persecución. Un saludo
Hola!!la licencia de caza de clase C dónde la saco o como tengo que decirle para que sepa que es para cazar al diente.gracias!!saludos.
Muy buenas. Para ese tipo de cuestiones le recomendamos contactar con nuestra oficina, en el teléfono 924 171 024
Hola se puede czar a diente con la licencia federtiva y la licencia clase B?
Sí, sí se puede. Un saludo