Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (de fecha 18 de marzo de 2021) la prórroga de la Orden General de Vedas de la temporada pasada.

ORDEN GENERAL DE VEDAS DE CAZA PARA LA TEMPORADA 2020/2021

Hay que recordar que las principales novedades que incluía esta OGV afectan a la caza menor, introduciendo el concepto de caza adaptativa, consistente en ajustar los aprovechamientos cinegéticos a la situación poblacional y fenología de las especies.

El período de media veda es el que presenta más cambios. Con carácter general, comienza el 15 de agosto y finaliza el 8 de septiembre. No obstante, existen limitaciones según especies, como es el caso de la tórtola europea. Los cupos en este período se establecen en 15 ejemplares por cazador y día para palomas; 10 para tórtola; y 10 para codorniz.

En dicho período de media veda existe la obligación de respetar 200 metros desde los puestos a los comederos (palomas y tórtola europea) en caso de haber realizado alimentación suplementaria. Se añade una nueva norma, consistente en respetar una distancia de 100 metros a los bebederos habituales.

Siguiendo las recomendaciones del Plan de Acción para la Recuperación de la Tórtola Europea, el cual propone un modelo de caza adaptativa para esta especie, la tórtola se podrá cazar exclusivamente desde el cuarto sábado de agosto hasta el primer domingo de septiembre y sólo podrá cazarse un día por semana y en horario de mañana (07:00 a 11:00) Además, sólo podrá realizarse el aprovechamiento de esta especie en aquellos cotos que la gestionen mediante siembras naturales o comederos artificiales.Por primera vez se vincula la obligación de gestión al aprovechamiento de la especie.

Respecto a la caza de la liebre, se conserva su período general hasta el 6 de enero, así como la prórroga para galgos y cetrería hasta el tercer domingo de enero -y su caza en jueves-

No obstante, la caza de la liebre con escopeta podrá verse condicionada por el resultado de las pruebas y estudios sobre la evolución de la mixomatosis en la región, pudiendo regularse a través de Resolución, en la que se especificarían las zonas, cupos y períodos hábiles.

Con el fin de conseguir un aprovechamiento racional del zorzal, se establecen nuevas limitaciones: en un paso sólo se podrá colocar una línea de escopetas dentro del mismo coto; la distancia mínima entre puestos será de 50 metros; no podrá cazarse el mismo paso más de una vez por semana y los puestos sólo serán de mañana o de tarde en un mismo paso. Como novedad, el zorzal sólo podrá cazarse en la modalidad de puesto fijo, no pudiendo realizarse batidas.

También se modifican los cupos de ciertas especies, como el caso de las palomas, cuyo cupo fuera de la media veda pasa a ser 20 ejemplares por cazador y día en todas las comarcas.

Para la avefría el cupo pasa de 3 a 2 ejemplares por cazador y día y sólo se podrá cazar durante el período general.

Se amplía el período hábil para la caza de la becada hasta el último domingo de enero (antes era el tercero), manteniéndose el cupo de 3 ejemplares, equiparándonos a otras comunidades colindantes.

En relación a la caza mayor se mantiene el período hábil para monterías, batidas y ganchos, que abarca desde el sábado anterior al 12 de octubre hasta el tercer domingo de febrero. Del mismo modo, no hay novedades en los recechos y en la caza de gestión, a excepción del período para los recechos de cabra montés, que pasa a ser del 1 de abril al 15 de mayo (sólo machos), y desde el 15 de septiembre hasta el 31 de marzo (machos y hembras)

La caza por daños se desarrollará de manera similar, manteniéndose las autorizaciones por daños preventivos de jabalí y ciervas en cotos de caza menor extensivos, cotos de caza menor intensivos que no planifiquen el jabalí y en cotos sociales o partes de los mismos que no planifiquen el jabalí, situados en comarcas VC1, VC2 o VC3 del PGCEX.

Además, se permitirá que en aquellos cotos que tengan autorizado el control de predadores con métodos homologados, los controladores puedan portar y usar escopetas para abatir aquellas especies que figuren en la autorización, durante la vigencia de la misma.

ORDEN GENERAL DE VEDAS

RESOLUCIÓN DE PRÓRROGA DE LA OGV