La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía publicó ayer, miércoles 10 de septiembre, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 174 el decreto sobre vigilancia y control de la rabia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que destaca la obligatoriedad de la vacunación anual de los perros.
Con este decreto, la Federación Extremeña de Caza entiende que el colectivo cinegético extremeño es uno de los principales perjudicados, puesto que deberá afrontar el pago de esta vacuna de forma anual, cuando anteriormente se realizaba de forma bianual.
Asimismo, FEDEXCAZA ha mostrado su disconformidad con esta medida, que supone un nuevo e injustificado desembolso económico para los cazadores, ya que en la región no se conoce brotes de esta enfermedad causados por los perros.
Otra de las principales novedades que incorpora el texto, además de la vacunación anual, es que la primovacunación ha de hacerse antes de los tres primeros meses de vida del cachorro, al tiempo que será recomendable, aunque no obligatoria, para hurones.
El decreto también recoge que está prohibida la concentración de animales para su vacunación, aunque con excepciones, puesto que los Ayuntamientos, tras una serie de requisitos, podrán solicitar dicho concentración de perros para su vacunación.
Por último, el documento recogido en el DOE describe el proceso para registrar las vacunas en el pasaporte del perro, siendo necesaria la firma y sello oficial de veterinario y pegatina con el código alfanumérico de cada vacuna.
A continuación se puede descargar el texto completo del decreto sobre vigilancia y control de la rabia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el DOE 174:
-Decreto sobre vigilancia y control de la rabia en Extremadura
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